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Semejanzas y diferencias entre el lavado de activos y la financiación del
terrorismo

Los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo pueden cometerse en relación el uno con el otro, por ejemplo, cuando los fondos proporcionados a las organizaciones terroristas son fondos “lavados”.
Aunque las actividades de lavado de activos y financiación del terrorismo pueden tener atributos y tipologías similares, los tiempos y la orientación de sus operaciones son diferentes.

El lavado de activos es básicamente una operación circular: recaudar, procesar y “devolver” el producto del delito a los delincuentes. En cambio, la actividad de financiación del terrorismo es, en general, una progresión lineal que va desde la recaudación, el depósito y la transferencia hasta el uso de los fondos y los activos, con independencia de que procedan de fuentes legales o ilegales.
El autolavado tiene lugar cuando la persona que comete el delito facilita el lavado de activos por sí misma.
Esta actividad también ofrece la posibilidad de observar la financiación del terrorismo y al “agente solitario”. Por ejemplo, los fondos económicos podrían recaudarse por iniciativa de la propia persona (trabajo ordinario, delincuencia u otros medios); el depósito podría indicar el establecimiento de una base financiera para el atentado; la persona podría desplazarse para obtener dinero o inversiones en lugares
donde se pueda dar uso a esos recursos; y, posteriormente, estos podrían emplearse para el atentado.
Todo el proceso corre a cargo de la persona física.
Así pues, es importante que los inspectores y auditores fiscales recuerden que, si bien es cierto que el lavado de activos y la financiación del terrorismo presentan semejanzas (por ejemplo, metodologías, movilidad y necesidad de secreto, entre otros aspectos), la finalidad, los comportamientos y la procedencia
de los fondos son diferentes.

En el lavado de activos, se presta especial atención a la procedencia de los fondos, mientras que la financiación del terrorismo se centra en el uso de estos. Por tanto, si bien es cierto que el secreto y la movilidad son atributos buscados tanto en el sistema de lavado de activos como en el de financiación del terrorismo, esta última no suele necesitar un componente de “ocultamiento” ni de “justificación con vistas a la integración” antes de la etapa en la que se usan los fondos.

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